lunes, mayo 22, 2006

Respuesta a otra pregunta "sesuda"

> Morelis, disculpa la pregunta, pero de qué manera una ley que trate sobre la materia comunicacional puede ayudar a mejorar los contenidos del Estado? Por ejemplo, supongamos que soy el Ministerio de Comida Enlatada y tengo una página web supérflua y con contenidos absurdos... ¿de qué manera puede una ley ayudarme a mejorarlos? Podríamos ver alguna propuesta al respecto?

Respuesta:

ESTA Ley, la de TIC, que se supone regulará la plataforma tecnológica comunicacional sobre la cual el Estado establecerá el gobierno electrónico debe dar pautas de cómo debe el Ministerio de Comida Enlatada distribuir sus espacios web para garantizar que la información pertinente, oportuna y correcta al ciudadano llegue al usuario y que a su vez se establezcan niveles de intearctividad con ese usuario.

Un ejemplo para el Ministerio de Comida Enlatada de los contenidos que debe incluir en su sitio web:

* Todo sitio del Estado que circule en la WWW debe publicar y mantener actualizados correcta, oportuna y pertinentemente la siguiente información:

1- Los reglamentos y leyes relacionados con el área de competencia del ministerio o dependencia

2- Los objetivos y justificación de la existencia del ministerio o dependencia, su localización geográfica, sus oficinas en el interior, el organigrama y un área para "el defensor de los usuarios de comida enlatada"

3- Instrucciones precisas sobre los procedimientos que los ciudadanos deben realizar para relacionarse con los servicios del ministerio o dependencia

4- Todos los formatos oficiales necesarios para los trámites para ser bajados por los usuarios

5- Noticias de actualidad sobre el ministerio o dependencia que contribuyan a hacer más eficientes las relaciones entre el ministerio o dependencia y sus usuarios.

6- Estadísticas e informes que contribuyan a la transparencia de la gestión del ministerio o dependencia

7- Un sector con información para la prensa

8- Mecanismos de interactividad con el usuario que superen al simple consultacional, (correo electrónico, encuestas, agenda de actividades del ministerio o dependencia)

9- Cumplir con un mínimo de normas de usabilidad.El Ministerio o dependencia pudiese publicar muchas otras cosas que considere pertinente pero ESTOS contenidos son los mismos para todos y garantizan que el sitio aporte información al usuario y sirva de canal de retroalimentación con el ciudadano y no se convierte en sólo un medio de promoción del ministro y su gestión.

María Isabel Neüman

Respuestas a algunas "sesudas" cuestiones surgidas de la discusión de la Ley TIC

Este observatorio se encuentra siguiendo las discusiones sobre la Ley TIC en la Asamblea Nacional. Los comentarios surjen a raiz de las propias intervenciones en la AN y circulan luego en diferentes listas o grupos de interés. Publicaremos algunas con la correspondiente respuesta desde este Observatorio.

Buenos días Morelis>>

Los contenidos gubernamentales (en el sentido de "noticias" o "comunicaciones del Poder Público destinadas a informar al Ciudadano") que publica el Poder Público a través de cualquier medio están bajo la Rectoría del Ministerio de Información y Comunicación, y se rigen según las leyes respectivas. La Ley de Tecnologías de Información está dedicada al área del mismo nombre que rige el Ministerio de Ciencia y Tecnología, tal como está definido en el artículo 26 de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Comúnmente se habla de contenidos al referirse a Portales pero a la Ley de T. I. los mismos solo le incumben como programas de computación y estructuras de información, pero no la información comunicacional en sí.

Se ha tenido cuidado de no entrar en materia regida por otro órgano del Poder Público. De igual manera se a evitado hablar de las Telecomunicaciones (aunque las redes de telecomunicaciones sean el soporte físico de la comunicación a distancia entre computadoras), pues esto es materia de MINFRA y de CONATEL.

Cordialmente

Tulio Moncada


Respuesta de este Observatorio a Tulio Moncada:

Creo que hay dos aspectos a señalar aquí:

1- No se puede construir una plataforma de tecnologías de la información y la comunicación atendiendo sólo a los aspectos del canal de información y su operatividad, (Soporte de hardware y software), porque sería una plataforma vacía. El propósito de la plataforma es servir de canal, de vehículo de la información. No tiene justficación crear una Ley que sólo legisle sobre la plataforma si de esa plataforma y COMO SE UTILICE dependen los contenidos.Tal es el caso del Gobierno Electrónico. En él lo más importante es el INTERCAMBIO de información entre gobierno y ciudadano. Pero no puede darse SIN plataforma de TIC y mucho menos SIN contenidos.

2- Inevitablemente en el Organo que supervise la plataforma van a coincidir los responsables de desarrollar la plataforma misma y los responsable de alimentarle los contenidos, además de los responsables de garantizar las transmisiones que GARANTICEN los flujos informativos. Lo otro será montar una plataforma vacía de contenidos y que eventualmente fracasará pues si no le ofrece al ciudadano la informacióin pertinente codificada de manera tal que pueda ser procesada por el usuario en el momento oportuno, quién va a utilizar un canal vacío de información? Pareciera que habría que redefinir el concepto de "noticia". Noticia es lo actual. Si la información que fluya por la plataforma de TIC no es actual, para qué acceder a la plataforma?

El mundo es globalizado e interdisciplinario. No convocar a los otros actores responsables de la comunicación del Estado a participar en el Consejo es montar una plataforma alternativa de comunicación del Estado. Porque es indispensable incluir contenidos y garantizar su transmisión y si no participan los otros entes, (MinCI, Conatel), el Ministerio de Ciencia y Tecnología necesitará su propio Conatel y su propio MinCI para poder cumplir los objetivos que le manda la Ley de TIC.

María Isabel Neüman

martes, mayo 16, 2006

Neutralidad tecnológica

En esta dirección de Alfa-Redi se encuentra un documento en PDF que recopila una discusión en diferentes listas sobre la "Neutralidad tecnológica" La iniciativa nace a partir de la discusión en Caracas de la Ley TICs. Es indispensable leerlo http://www.alfa-redi.org/ar-dnt-documento.shtml?x=6080

lunes, mayo 08, 2006

Informe PNDU sobre gobierno electrónico

Bueno la ignorancia nos hace atrevidos. Es lo que puedo decir de la apreciación de que el término Gobierno electrónico es una moda y sin caer en más polémica sobre el asunto simplemente presento a este blog el contenido del Informe de Venezuela sobre Desarrollo Humano del 2002 que justamente presenta un análisis de cómo el gobierno electrónico puede mejorar la calidad de vida y capacidad de respuesta de los servicios públicos, además de ofrecer un estudio del caso de Venezuela, un documento por demás interesante que expone las conclusiones del tercer foro mundial y el desarrollo a través del gobierno electrónico que indica algunas de las ventajas del Gobierno electrónico en el mundo:

  1. Cambio en el ciudadano y el sector privado por el aumento en la transparencia de gestiones públicas
  2. Aumento de confianza sobre el uso adecuado de los recursos públicos
  3. Aumento de la capacidad del ciudadano para convertirse en veedor de la gestión pública
  4. simplificación para el ciudadano de la complejidad de la gestión publica
  5. Aumento de ingresos
  6. reducción de costos . Para aquellos que quieran ampliar la información pueden consultar la página del PNUD de Venezuela donde encontran el documento completo. salud
    Adriana Cely